Tras doce años de plazo, los comercios, talleres y fábricas de joyería deberán verificar y garantizar que los sistemas de seguridad se ajusten a la normativa
El JORGC, Colegio Oficial de Joyeros, de Orfebres, de Relojeros y de Gemólogos de Catalunya, alerta que el próximo 31 de diciembre llegará el fin del plazo para la adecuación de las medidas de seguridad en joyería. Después de sucesivas prórrogas, la Orden INT/826/2020 amplió hasta el 31 de diciembre de 2023 el plazo para la adecuación de las medidas de seguridad electrónicas en establecimientos obligados en cumplimiento de las Órdenes INT/316/2011 – INT/317/2011.
El Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya establece que los establecimientos del sector que están obligados a adoptar medidas de seguridad, son todos los comercios, industrias o talleres que comercialicen, fabriquen o exhiban objectos de metales preciosos y/o piedras preciosas, cuando ésta sea su actividad principal, independientemente del valor de coste del stock de estos objetos. Y si esta no fuese su actividad principal, también deberán adoptarlas cuando el valor de coste del stock de estos objetos supere la cantidad de 3.000 €.
El Colegio alerta, por tanto, que finalmente y tras doce años de plazo, los comercios, talleres y fábricas de joyería deberán verificar y garantizar que los sistemas de seguridad se ajusten a la normativa. Hay distintas casuísticas:
- En el caso de los sistemas electrónicos de seguridad, conectados a centrales de alarmas o centro de control instalados antes del 18 de agosto de 2011, la adecuación a Grado 3 de seguridad es obligatoria.
- Los establecimientos obligados a disponer de una unidad de almacenaje (caja fuerte), deberán tener conectado el sistema de seguridad a una central receptora de alarmas y disponer de un sistema de registro de imágenes que permita a esta central verificar las señales de alarma.
- Las medidas de seguridad físicas, obligatorias, contra robo e intrusión, instaladas antes del 18 de agosto de 2011, tendrán validez indefinida hasta el final de su vida útil, pero deberán haberse actualizado en caso de resultar afectadas por reformas estructurales de los sistemas de seguridad de los que formen parte (Orden INT/1504/2013).
En el caso de Cataluña, el JORGC informa que la adaptación del sistema electrónico de seguridad a Grado 3 de un establecimiento obligado debe comunicarse de forma telemática al Departamento de Interior de la Generalitat por el trámite gratuito establecido de «reforma no esencial».
Dado que los cambios o implantación de equipos y medidas de seguridad pueden llevar cierto tiempo, el Colegio recomienda a todas las empresas obligadas que realicen una auditoría con su compañía de seguridad, para asegurarse que son correctos o de sí hace falta cambios. En el terreno de la Seguridad Privada, el Colegio tiene dos partners, Covert Security y P.B. Seguridad. Finalmente, el Colegio ofrece apoyo e información a sus colegiados y sus empresas colegiadas en caso de dudas.
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