Os ofrecemos un resumen de como está la situación a partir de hoy, y sus cambios.
El confinamiento tal y como lo conocíamos hasta ahora empieza a dejar de ser lo mismo, incluso en aquellos territorios que todavía no pueden llegar a la fase 1. Lo que no cambia es la incertidumbre que genera esta situación que, después de una semana en la que el tema de las rebajas se convirtió en un revuelo mediático, ahora resulta que sí, que se han puesto de acuerdo y las rebajas están permitidas. Os ofrecemos un resumen de como está la situación a partir de hoy, y sus cambios.
El sábado 16 de mayo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) se actualizó en relación al tema de las rebajas después de que el Gobierno cambiara de criterio y afirmara que, a partir de hoy e incluso en aquellos lugares en los que aún siguen en la fase 0, si estarán permitidas estas acciones siempre y cuando no se generen aglomeraciones; de hecho, el Ministerio de Sanidad afirma que «en el caso de producirse una gran influencia de personas, debería procederse al cese inmediato de estas promociones si fuera necesario«.
Volviendo al BOE, esta nueva medida modifica lo establecido la semana pasada, y el nuevo documento publicado esta sábado afirma que «las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimientos de lo límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden, debiendo adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción se resultara necesario«. En definitiva, y hablando claro, rebajas sí (en tienda o en web) pero sin aglomeraciones.
Confinamiento flexibilizado
Por otro lado, cabe destacar que comenzamos la semana con nuevas medidas que flexibilizan el confinamiento también para el comercio ya que, desde hoy lunes y para las comunidades que aún están en la Fase 0, se permite la apertura del comercio minorista sin necesidad de cita previa en aquellos establecimientos de menos de 400 metros.
«En el ámbito del comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales, prohibiendo la permanencia en las zonas comunes o áreas recreativas y limitando el aforo de los establecimientos comerciales situados en ellos al cuarenta por ciento. También se amplia el número de puestos que puedan operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando al mismo tiempo la afluencia de clientes, de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros«, publica el BOE en el documento del sábado 16 de mayo. «Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, pudiendo, en el caso de superar este límite, acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral, siempre que cumplan con los requisitos de reducir al 30% el aforo total en los locales comerciales y establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años«.
Como decíamos, para aquellas comunidades que todavía no están en la fase 1 pero si en la 0 o 0,5, como es el caso de Barcelona, pueden abrir aquellos locales comerciales minoristas siempre y cuando no tengan más de 400m2º, con las medidas de precaución necesarias y reduciendo «al cuarenta por ciento el aforo total en los establecimientos y locales comerciales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción«.
En la fase 1 se mantiene como requisito para la apertura que los locales tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, pero se prevé que en caso de que la superficie sea superior, puedan acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.