El Juzgado de lo Penal Número Uno de Orense ha desoído la reclamación de la conocida firma catalana, Tous, que demandaba dos años de prisión y 24 meses de multa con una cuota diario de 20 euros por un delito contra la propiedad industrial contras un empresario orensano. «No son idénticos», «ni tampoco confundibles» ya que «en ninguna de las piezas» de joyería analizadas va impresa la palabra Tous, se afirmó durante la sentencia.
La sentencia, recogida por Efe, considera que «no resulta acreditada» la concurrencia «de todos y cada uno de los elementos» exigidos por la jurisprudencia para acreditar un delito contra la propiedad industrial. La prueba de carga se centra en la existencia de una posibilidad de confusión en el público, un hecho, entiende el juzgado orensano, que no se produce en el caso estudiado al no figurar el nombre de Tous en los productos comercializados por el acusado a través de los establecimientos Joya y Diseño.
Además, también se afirma que la firma elaborada sus propios catálogos con productos que tenía a la venta y que le eran suministrador por grandes empresas de joyeria. Por su parte, Tous pedía cerca de 70.000 euros de responsabilidad civil tras señalar que tenía registrados a su nombre siete marcas comunitarias, incluida la de Tous, tres ositos, una niña, un niño, y una serie de ositos encadenados, así como dos modelos industriales tales como figuras de flores, hojas, un tulipán, un elefante, un búho, una casa, un coche o un corazón.
La Fiscalía solicitaba inicialmente el sobreseimiento de las actuaciones al considerar que la cuantía del perjuicio situaba los hechos en la calificación de falta y que no existían indicios del hecho delictivo. Por su parte, la defensa pidió la libre absolución al entender que el denunciado no era consciente de que la distribución de los artículos en cuestión era ilegal.
Fuente: Agencia Efe