31 de marzo a la vuelta de la esquina. Pendientes de que la Seguridad Social nos pase la factura mensual correspondiente, sin haber tenido tiempo a acogernos al cese de actividad. Lo que está poniendo en pie de guerra a los autónomos, como demuestra este cartel reivindicativo de ATA.
Autónomos, con la mirada puesta a fin de mes, cuando comprobaremos la cifra roja y el signo – en nuestras cuentas online… Y con los “pies atados”, confinados en nuestras casas, sin podernos desplazar a nuestros habituales lugares de trabajo para reunir y ordenar todo el papeleo que nos permita acogernos a la prestación extraordinaria por cese de actividad, y que nos exoneraría, si nos la conceden, del pago de la cuota. Y todo ello sin contar el tiempo que se tardará en gestionar administrativamentelo esta ayuda de la que se prevé una avalancha de solicitudes…
El Gobierno sigue imperturbable a día de hoy y ha descartado suspender la cuota de autónomos de marzo desoyendo las peticiones de un colectivo que representa el 17% de la población ocupada en España, con una actividad que supone prácticamente el 40% del PIB (Producto Interior Bruto). Son los datos que maneja ATA, Asociación de Trabajadores Autónomos, que vió ayer truncadas sus ilusiones ante un Consejo de Ministros desvaído, que se centró en el tema de avales a créditos y dio escasas, cuando no nulas respuestas, a los temas más acuciantes.
Así está el panorama, “todo aquel a quien no se le conceda antes del 30 de marzo la prestación por cese extraordinaria pagará sus cuotas a la Seguridad Social”.
En la carta transmitida por esta asociación al presidente de Gobierno Pedro Sánchez se recoge “un ruego, un favor, e incluso una súplica, que se suspenda el cobro de las cuotas de todos los autónomos el próximo 31 de marzo”, firmaba su presidente Lorenzo Amor.
La razón es muy simple y así lo explica ATA. “El plazo de solicitud para la prestación extraordinaria es desde el 15 de marzo hasta el próximo 14 de abril, sin perjuicio de que se amplíe si se prorroga el estado de alarma. Sin embargo, y ante la cercanía de la fecha en la que se hace efectivo el pago de la cuota, puede haber errores formales en las solicitudes presentadas hasta ahora y que, por tanto, éstas sean denegadas. Y, por otro lado, haya una avalancha de solicitudes. Así, todo aquel a quien no se le conceda antes del 30 de marzo la prestación por cese extraordinaria pagará sus cuotas a la Seguridad Social”.
Recordemos que el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que recoge medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, prevé en su artículo 17 acogerse a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia o autónomos afectados por la declaración de estado de alarma y les exonera de pagar las cuotas de Seguridad Social. También que el Gobierno aprobó previamente -y en ello se escuda- una medida para poder aplazar en tres meses sin intereses las cotizaciones a la TGSS, e igualmente el IVA y Impuesto de Sociedades.
Desde la cartera de Seguridad Social han aconsejado ante este problema que los que puedan verse afectados pidan un aplazamiento de la cuota de marzo para evitar no se les deniegue la prestación por un impago previo. Ya que es requisito para su concesión el hallarse al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social. “En el caso de no estarlo, la Administración concede un plazo improrrogable de 30 días naturales para que se ingrese la cantidad pendiente y poder optar a la prestación”, explican desde Meana Asesores, que nos ofrecen en otro artículo información detallada y de mucho interés para acceder a esta prestación extraordinaria.