Nos hemos vuelto a poner en contacto con Meana Asesores, un equipo muy profesional y 100% femenino que nos ha acompañado durante toda la crisis provocada por el COVID-19 aclarándonos las medidas económicas que ha ido improvisando el Gobierno. Tras el fin del estado de alarma, les preguntamos sobre los ERTEs.
Y ahora ¿qué pasará con los ERTEs? Meana Asesores nos responde: «Hasta el momento, la única noticia segura que tenemos es que los ERTEs tienen una vigencia máxima hasta el próximo 30 de junio aunque, para algunos sectores vulnerables, se prevé una ampliación».
Lucía Fernández Meana nos pone en antecedentes, y es que a raíz de la crisis provocada por la pandemia, «el Gobierno estableció una serie de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social para fomentar la incorporación de los trabajadores a sus puestos de trabajo en función del tipo de ERTE«. En Meana Asesores nos clarifican:
Por un lado:
- ERTE por fuerza mayor total: «Las empresas que no hayan podido reiniciar la actividad seguirán beneficiándose de la exoneración total de las cotizaciones a la seguridad social siempre y cuando a 29 de febrero de 2020 tuvieran menos de 50 trabajadores, en caso contrario la bonificación será del 75%«.
Y por otro:
- ERTE por fuerza mayor parcial: «Aquellas empresas que pueda reiniciar su actividad y vayan incorporando a sus trabajadores tendrá una exención del 85% por la parte trabajada y un 60% por los trabajadores que continúan en ERTE durante el mes de mayo. En junio, las exenciones serán del 70% y del 45% respectivamente para empresas que a 29 de febrero de 2020 tuvieran menos de 50 trabajadores, en caso contrario la exención alcanzará el 60% en el mes de mayo el 45% en el mes de junio«.
«El fin de esta medida es primar la reducción de jornada sobre el mantenimiento de la suspensión por fuerza mayor -explica Lucía-. Es importante recordar que con estas modificaciones no se ven afectados ciertos requisitos como son la salvaguarda del puesto de trabajo durante seis meses a empezar a contar desde la incorporación total o parcial de cada trabajador, y que en caso de incumplimiento deberán reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago hayan sido exonerados«.
Pero, ¿qué pasará después del 30 de junio con los ERTEs?
«Gobierno, sindicatos y patronal no se han puesto aún de acuerdo sobre la prórroga de estos más allá del 30 de junio -subrayan en Meana Asesores-. Tanto sindicatos como patronal proponen alargarlo hasta mínimo el 30 de septiembre manteniendo el nivel actual de coberturas para las empresas y los trabajadores, pero el Gobierno no baraja esta posibilidad ya que supondría desincentivar a muchas empresas a que retomen la actividad«.
Así que desde la consultora asturiana se mantienen a la espera de nuevas noticias sobre la aplicación de los ERTEs si finalmente los aprueban más allá del 30 de junio.
¡Y ojo al dato! «Desde nuestro criterio es importante ir desafectando a los trabajadores del ERTE, ya que entramos en la ‘nueva normalidad’ y todas las actividades pueden desarrollarse con cierta normalidad no habiendo restricciones sobre ninguna de ellas para evitar posibles inspecciones futuras que no nos cabe ninguna duda que llegarán para comprobar la efectiva causa de ‘fuerza mayor’ que los han originado«.
Al terminar de escribir este post gracias a la información que Meana Asesores nos proporcionó ayer a última hora, leíamos en ABC este titular: «Cada afectado por ERTE pagará mil euros en la próxima declaración de la Renta». Para más detalles, podéis leerlo aquí.